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¿Por qué no vio la tarjeta roja Gerard Martín contra el Atlético de Madrid?

La acción sobre Thiago Almada se ajusta a la Circular 3 del CTA: un contacto fortuito tras despejar el balón que, según el criterio arbitral, no constituye juego brusco grave ni acción sancionable con roja

Audio del VAR: así se anuló la expulsión de Gerard Martín

RFEF

Adrià Fernández

Adrià Fernández

Una de las jugadas más polémicas del partido entre el Atlético de Madrid y el FC Barcelona de este sábado, en que los blaugranas ganaron por 1-2 con los goles de Rashford y Lewandowski, fue la de la acción entre Gerard Martín y Thiago Almada. El defensa catalán despejó el cuero y con la misma inercia de la acción acabó pisando el tobillo del futbolista colchonero. El colegiado le mostró la tarjeta roja directa en primera instancia, pero después de revisar la acción en el VAR cambió el color de la cartulina a amarilla.

El análisis arbitral se basa en la Circular 3 del Comité Técnico de Árbitros (CTA, 2025), que establece cómo deben interpretarse este tipo de acciones. La normativa distingue tres escenarios principales: contacto tras jugar el balón, impacto sobre el rival después de la acción y contacto inevitable por invasión del espacio natural del movimiento. Es este tercer supuesto el que se aplica en la jugada, ya que Gerard Martín despeja con un movimiento natural, sin añadir fuerza excesiva ni realizar un gesto antinatural.

Según el criterio arbitral, en la acción no hay juego brusco grave porque no existe intención de dañar ni uso de fuerza desmedida; no hay imprudencia, dado que el defensor controla su acción en todo momento; y el contacto es inevitable, ya que Almada invade la zona de ejecución del golpeo. En este sentido, la circular 3 es clara: cuando el contacto deriva de un movimiento reglamentario y no hay acción adicional ni riesgo desproporcionado, debe considerarse fortuito.

De hecho, incluso la tarjeta amarilla que le mostró Mateo Busquets Ferrer a Gerard Martín después de revisar la acción, genera ciertas dudas desde el punto de vista normativo porque estas acciones pueden quedar exentas de sanción disciplinaria para preservar la coherencia arbitral. Aplicar la tarjeta roja en esta acción habría supuesto contradecir el criterio establecido durante la temporada y romper con la seguridad jurídica que busca garantizar el CTA.